Guía de uso de tu Cobertura Médica

Salud simple, digital y humana.

Autorizaciones

¿Cómo puedo autorizar una orden?

Para solicitar una autorización envía el pedido médico a autorizaciones@scis.com.ar

¿Qué planilla de SCIS necesito para autorizar una práctica médica?

Podés descargar la planilla requerida haciendo clic en el siguiente link Planilla de prestaciones especiales

¿Debo autorizar todos los estudios y/o prácticas?

Será necesario solicitar autorización para las siguientes prestaciones:

  • Tratamientos de alta complejidad
  • Cirugías programadas
  • Internaciones
  • Plan Materno Infantil (PMI)
Importante: Para el resto de las prácticas, consulta con tu prestador si es necesaria una autorización previa.
¿Qué estudios no requieren autorización?

Los siguientes estudios no requieren autorización previa:

  • Laboratorio de baja complejidad
  • Ecografías
  • ECG
  • Estudios de ORL de baja complejidad
  • Oftalmología de baja complejidad
¿Cuál es la demora para autorizar una orden?

El plazo de respuesta es de hasta 48 horas hábiles desde la recepción de la solicitud. En prácticas de mayor complejidad, el tiempo de respuesta puede extenderse según los requerimientos de Auditoría Médica.

Internación

¿Cómo puedo autorizar una orden de internación?

Deberás enviar por mail la orden de cirugía/internación, la planilla de prestaciones especiales y los estudios complementarios a internaciones@scis.com.ar .

¿Qué planilla de SCIS necesito para autorizar una internación?

Podés descargar la planilla requerida haciendo clic en el siguiente link Planilla de prestaciones especiales

¿Tengo que pedir autorización antes de internarme?

Si la internación es por guardia o urgencia, no necesitás gestionarla previamente. Si se trata de una cirugía programada, debés solicitar autorización en SCIS antes de la internación.

¿Cuál es la demora para autorizar una orden?

El plazo de respuesta es de hasta 48 horas hábiles desde la recepción de la solicitud. En cirugías que requieran material, el tiempo de respuesta puede extenderse según los requerimientos de Auditoría Médica.

Emergencias y Urgencias

¿Cuándo puedo solicitar médico a domicilio?

Las 24 horas, los 365 días del año. Siempre y cuando el cuadro clínico le imposibilite salir de su domicilio.

¿Si solicito médico a domicilio para dos (o más) integrantes de mi grupo familiar, debo abonar por separado?

Correcto. El profesional médico que se acerque al domicilio brindará un servicio diferente a cada paciente, por lo tanto, cada uno debe abonar el coseguro correspondiente.

¿Cómo solicito el servicio de médico a domicilio?

Para solicitar el servicio, comuníquese al: 0810-345-SCIS (7247).

PMI - Leches

¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite del PMI?

Para acceder a los beneficios del Plan Materno Infantil es necesario presentar en nuestros canales de atención, el "certificado de embarazo" expedido por un obstetra y/o ginecólogo de la cartilla médica de SCIS Medicina Privada, el cual debe contener los siguientes datos:

  • Apellido y nombre de la beneficiaria.
  • Número de beneficiaria.
  • Tiempo de gestación.
  • F.U.M. (Fecha de Última Menstruación).
  • F.P.P. (Fecha Probable de Parto).
¿Cuál es el plazo para dar de alta al bebé?

La asociada dispone de un plazo de 30 (treinta) días desde el nacimiento para realizar el alta del bebé en el padrón e informar el número de documento correspondiente, a fin de obtener la credencial individual y acceder a la cobertura del PMI.

Importante: Si el alta no se realiza dentro de ese plazo, el bebé no contará con cobertura médica ni podrá acceder a los beneficios del PMI.
¿Qué documentación se requiere para solicitar leches medicamentosas?

Se deberá presentar:

  • Resumen de Historia Clínica con curva ponderal (peso y talla)
  • Orden médica
  • Estudios realizados
  • Autorizaciones previas
¿La cobertura de leches medicamentosas tiene condiciones especiales?

Sí. La cobertura de leches medicamentosas durante el primer año de vida está sujeta a evaluación de Auditoría Médica, conforme a lo establecido por el PMO (Plan Médico Obligatorio) y la Ley N.º 27.305. Las condiciones, criterios médicos, cantidades, períodos de cobertura y excepciones se encuentran detalladas en el Protocolo de Cobertura de Leches Medicamentosas de SCIS Medicina Privada.

¿Qué cubre el Plan Materno Infantil (PMI)?

Requiere autorización previa de Auditoría Médica. Brinda cobertura al 100% para controles, estudios, prácticas, medicamentos y vacunas vinculados al embarazo, parto y puerperio, desde el diagnóstico hasta 1 mes posterior al nacimiento (y hasta el primer año de vida del/la bebé).

Importante: No incluye medicamentos de venta libre y las prestaciones no relacionadas se cubren según el PMO.

Copagos

¿Dónde puedo consultar los copagos correspondientes a mi plan?

Podés visualizar el detalle de tus copagos ingresando al siguiente link: COPAGOS

Cobertura Nacional

¿Cuáles son mis beneficios?

Descargá la guía y descubrí todo lo que incluye tu cobertura. BENEFICIOS

¿Dónde puedo ver información de los centros de atención?

¿Dónde puedo ver información de los centros de atención? CARTILLA MEDICA

Medicamentos

¿Las recetas necesitan autorización previa?

No. Todas las recetas se validan directamente en la farmacia.

¿Cómo me empadrono para acceder a la cobertura en anticoncepción?

Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de anticoncepción

¿Cómo me empadrono para acceder a la cobertura de medicamentos oncológicos?

Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de oncología

¿Cómo me empadrono para acceder a la cobertura de medicamentos cronicos?

Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de cronicidad

Cómo gestiono mi medicación de Diabetes?

Se deberá presentar:

  • Enviá receta médica y planilla de empadronamiento a diabetes@scis.com.ar (incluir teléfono o email de contacto). Descargar
  • Te avisaremos cuándo podés retirar en la farmacia más cercana.
  • La farmacia validará el tratamiento y te dirá si retirás en el día o en 24/48 hs.
  • Cada mes, presentá una copia de la planilla para validar el retiro.
¿Cómo gestiono mi medicación/insumos de Discapacidad?

Se deberá presentar:

  • Enviá a discapacidad@scis.com.ar: Receta médica, Planilla de empadronamiento, CUD vigente y Teléfono o email de contacto. Descargar
  • Te avisaremos cuándo podés retirar en la farmacia más cercana.
  • Presentate con la receta o una copia de la planilla.
  • La farmacia validará el tratamiento y te dirá si retirás en el día o en 24/48 hs.
  • Cada mes, presentá una copia de la planilla para validar el retiro.
¿Cuánto dura el empadronamiento?

El empadronamiento tiene una vigencia de 1 año. Si no se renueva al vencer el plazo, se pierde el beneficio de la cobertura especial.

¿Qué cobertura tienen los medicamentos sin empadronamiento?

Corresponde una cobertura del 40%, siempre que estén incluidos en el Vademécum del plan.

¿Dónde puedo ver mi cobertura de medicamentos?

Hacé clic a continuación y conocé el detalle de tu cobertura. MEDICAMENTOS