Salud simple, digital y humana.
Para solicitar una autorización envía el pedido médico a autorizaciones@scis.com.ar
Podés descargar la planilla requerida haciendo clic en el siguiente link Planilla de prestaciones especiales
Será necesario solicitar autorización para las siguientes prestaciones:
Los siguientes estudios no requieren autorización previa:
El plazo de respuesta es de hasta 48 horas hábiles desde la recepción de la solicitud. En prácticas de mayor complejidad, el tiempo de respuesta puede extenderse según los requerimientos de Auditoría Médica.
Deberás enviar por mail la orden de cirugía/internación, la planilla de prestaciones especiales y los estudios complementarios a internaciones@scis.com.ar .
Podés descargar la planilla requerida haciendo clic en el siguiente link Planilla de prestaciones especiales
Si la internación es por guardia o urgencia, no necesitás gestionarla previamente. Si se trata de una cirugía programada, debés solicitar autorización en SCIS antes de la internación.
El plazo de respuesta es de hasta 48 horas hábiles desde la recepción de la solicitud. En cirugías que requieran material, el tiempo de respuesta puede extenderse según los requerimientos de Auditoría Médica.
Las 24 horas, los 365 días del año. Siempre y cuando el cuadro clínico le imposibilite salir de su domicilio.
Correcto. El profesional médico que se acerque al domicilio brindará un servicio diferente a cada paciente, por lo tanto, cada uno debe abonar el coseguro correspondiente.
Para solicitar el servicio, comuníquese al: 0810-345-SCIS (7247).
Para acceder a los beneficios del Plan Materno Infantil es necesario presentar en nuestros canales de atención, el "certificado de embarazo" expedido por un obstetra y/o ginecólogo de la cartilla médica de SCIS Medicina Privada, el cual debe contener los siguientes datos:
La asociada dispone de un plazo de 30 (treinta) días desde el nacimiento para realizar el alta del bebé en el padrón e informar el número de documento correspondiente, a fin de obtener la credencial individual y acceder a la cobertura del PMI.
Se deberá presentar:
Sí. La cobertura de leches medicamentosas durante el primer año de vida está sujeta a evaluación de Auditoría Médica, conforme a lo establecido por el PMO (Plan Médico Obligatorio) y la Ley N.º 27.305. Las condiciones, criterios médicos, cantidades, períodos de cobertura y excepciones se encuentran detalladas en el Protocolo de Cobertura de Leches Medicamentosas de SCIS Medicina Privada.
Requiere autorización previa de Auditoría Médica. Brinda cobertura al 100% para controles, estudios, prácticas, medicamentos y vacunas vinculados al embarazo, parto y puerperio, desde el diagnóstico hasta 1 mes posterior al nacimiento (y hasta el primer año de vida del/la bebé).
Podés visualizar el detalle de tus copagos ingresando al siguiente link: COPAGOS
Descargá la guía y descubrí todo lo que incluye tu cobertura. BENEFICIOS
¿Dónde puedo ver información de los centros de atención? CARTILLA MEDICA
No. Todas las recetas se validan directamente en la farmacia.
Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de anticoncepción
Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de oncología
Se debe enviar a: afiliaciones@scis.com.ar la siguiente documentación: Planilla de cronicidad
Se deberá presentar:
Se deberá presentar:
El empadronamiento tiene una vigencia de 1 año. Si no se renueva al vencer el plazo, se pierde el beneficio de la cobertura especial.
Corresponde una cobertura del 40%, siempre que estén incluidos en el Vademécum del plan.
Hacé clic a continuación y conocé el detalle de tu cobertura. MEDICAMENTOS