En aquellos casos en que Ud., o algún miembro de su familia, no puedan trasladarse a un Centro de Atención, pueden solicitar la atención de un médico a domicilio abonando coseguro según plan contratado.
Para solicitar el servicio deberán comunicarse al teléfono de contacto:0810-345-SCIS (7247)
Le recordamos que es requisito obligatorio para su atención la presentación de su credencial junto con su documento de identidad. La credencial es de uso personal e intransferible.
¿Cuándo puedo solicitar médico a domicilio?
Las 24 horas, los 365 del año. Siempre y cuando el cuadro clínico le imposibilite salir de su domicilio.
¿Si solicito médico a domicilio para 2 (o más) integrantes de mi grupo familiar, debo abonar por separado?
Correcto. El profesional médico que se acerque al domicilio brindará un servicio diferente a cada paciente, por lo tanto, cada uno debe abonar el coseguro correspondiente a su plan contratado.
Las órdenes de estudios y prácticas tienen una validez de 60 días
¿Debo autorizar todos los estudios y/o prácticas?
De acuerdo al tipo de plan contratado, usted deberá solicitar autorizaciones para:
Estudios de Laboratorio, Estudios de Diagnóstico y Tratamiento de Mediana y Alta Complejidad, Cirugías programadas, Internaciones, Plan Materno Infantil (PMI), Medicación Especial / Crónicos.
¿Cómo puedo autorizar una orden?
Hay 4 canales de recepción:
- Fax: al (011) 5276-8586
- Email: Enviando una foto o la orden escaneada por mail a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Web: mediante nuestra página web siguiendo las instrucciones.
- Sucursales SCIS Medicina Privada.
- Asociados Directos Obra Social (071): podrán gestionar las autorizaciones en algunas de las delegaciones de su Obra Social de origen. Consultar con su Obra Social.
- ¿Cuál es la demora para autorizar una orden?
Si la práctica es de mediana o baja complejidad, la demora es no mayor a las 24 hs. hábiles de recibida la solicitud. En caso de mayor complejidad, el tiempo de respuesta puede dilatarse según los requerimientos de Auditoría Médica.
¿Mandé una orden para autorizar hace 1 semana y todavía no tengo respuesta, dónde puedo reclamar?
Debe hacer el reclamo al sector correspondiente vía mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , y en caso de que sea un reclamo por una orden de una medicación debe hacerlo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Las recetas tienen una validez de 30 días
SCIS Medicina Privada brinda una cobertura del 40% para todos los medicamentos incluidos en el Vademecum de su plan a través de su extensa red de Farmacias a nivel Nacional.
Las recetas no requieren autorización previa y se validan directamente en la farmacia.
Importante: Las recetas deberán ser confeccionadas por el nombre de medicamento Genérico, según lo dispuesto por la Superintendencia de Servicios de Salud. El profesional puede prescribir hasta 3 (tres) medicamentos por receta y 1 (un) envase por renglón.Medicación al 70% y 100% - Cobertura
Las recetas tienen una validez de 30 días
Para medicación con cobertura al 70% y 100% y Plan Materno Infantil, las recetas deberán ser autorizadas previamente por auditoría médica a través de nuestros canales de autorización.
Esta cobertura cumple con lo establecido por las resoluciones MS310/04 y complementarias que contemplan descuento en ciertos medicamentos de uso ambulatorio de hasta un 70% para los pacientes con patologías crónicas.
Desde aquí podrás descargar los Formularios que te permitirán completar el trámite para acceder el beneficio de la cobertura.
Hacer click en : ->> Mediación CrónicaRecordá que el Formulario debe ser firmado por el médico tratante y luego enviado a través de nuestros canales de contacto o en cualquiera de nuestras sucursales.
Importante: El empadronamiento es semestral. Vencido el plazo, y de no empadronarse, no podrá contar con el beneficio de la cobertura.
¿En que consiste el Plan Materno Infantil?
Esta prestación requiere de autorización previa de Auditoría Médica. Podrá gestionarla a través de nuestros canales de atención.
El Plan Materno Infantil te brinda la cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento para la madre y hasta cumplir un año de vida para el bebé.
Durante el embarazo y el parto, están cubiertas al 100%, en ambulatorio e internaciones, las vacunas del calendario nacional, consultas, medicamentos, prácticas y estudios de diagnóstico exclusivamente relacionados con el embarazo, el parto y el puerperio.
Para cualquier otro tipo de estudios, medicamentos y prácticas no relacionados con el embarazo tendrás la cobertura que corresponda a tu plan.
IMPORTANTE: No se encuentran incluidos dentro del PMI los medicamentos de venta libre.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al PMI?
Para por acceder a los beneficios del Plan Materno Infantil es necesario presentar, en cualquiera de nuestras sucursales o a través de nuestros canales de autorizaciones, el "Certificado de embarazo" expedido por un obstetra de la cartilla médica de SCIS Medicina Privada el cual debe contener los siguientes datos:
Alta del Bebé: Cobertura y Tiempos
Durante el primer mes de vida del bebé, la atención puede realizarse con la credencial de la mamá. Durante los primeros 30 (treinta) días la mamá tiene tiempo de gestionar su alta e informar el número de documento del bebé así de esta manera obtener la credencial.
IMPORTANTE: Transcurrido los 30 (treinta) días el bebé carecerá de cobertura alguna.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
¿Tengo cobertura en leche medicamentosas?
Si necesitas solicitar leches medicamentosas, deberás presentar la historia clínica mensual justificando la utilización de la misma.
Tené en cuenta que sólo se autorizarán leches medicamentosas hasta el tercer mes de vida, siempre que, a criterio de esta auditoría se justifique.
Si por indicación médica el lactante debiera continuar utilizando leches medicamentosas, se deberá presentar una historia clínica que justifique la prolongación de la utilización de la leche.
Esta prestación requiere de autorización previa de Auditoría Médica. Podrá gestionarla a través de nuestros canales de atención.
Se asegura el 100% de cobertura en internación sanatorial programada o de urgencia, para las prestaciones y prácticas que se encuentran incluidas y que se detallan en su plan vigente. Las mismas condiciones corresponden en el caso de internación domiciliaria.
Para internaciones programadas el afiliado deberá gestionar en SCIS Medicina Privada la correspondiente autorización previa al ingreso. Las órdenes de internación se extenderán cumpliendo con los requisitos establecidos por la red prestacional.
Para las internaciones urgentes la autorización podrá gestionarse dentro de las 24 horas siguientes a la internación.
La reserva de camas en las instituciones habilitadas para internaciones está sujeta a disponibilidad al momento de la internación.
El uso de la credencial es personal e intransferible. Deberá presentase junto a un documento que acredite la identidad cada vez que se utilice el servicio.
El uso indebido de la credencial está prohibido por la Ley.Haga Click en el siguiente link para ver su credencial..
Hace click acá ->> DocumentaciónEn caso de no contar con la credencial podrá solicitar una “Constancia de Afiliación” vigente, la cual le permitirá, poder atenderse y presentándola junto con el documento de identidad.
Si extraviaste la credencial, acercate a la sucursal más cercana, con una denuncia policial de extravío de documentación.
Si tu credencial está a punto de vencer, acercate a la sucursal más cercana para tramitar la renovación.